En este aspecto, lo más llamativo es la permanencia del cuerpo de maestros/as en el A2. Este hecho no está justificado según el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público:
“Artículo 76. Grupos de clasificación profesional del personal funcionario de carrera.
Los cuerpos y escalas se clasifican, de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a los mismos, en los siguientes grupos:
Grupo A: Dividido en dos Subgrupos, A1 y A2.
Para el acceso a los cuerpos o escalas de este Grupo se exigirá estar en posesión del título universitario de Grado. En aquellos supuestos en los que la ley exija otro título universitario será éste el que se tenga en cuenta.
La clasificación de los cuerpos y escalas en cada Subgrupo estará en función del nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las pruebas de acceso”.
Todos los cuerpos docentes desempeñan tareas de igual importancia y las características de sus procesos selectivos son similares, por lo que no están justificadas las actuales diferencias. Además, CCOO tiene propuestas para que los procesos selectivos concuerden más con el perfil docente que queremos, aumente su validez y fiabilidad, y se homologuen. En un Estatuto Docente con rango de ley se pueden incluir especificaciones concretas, que permitan que todos los cuerpos sean A1, independientemente del ingreso, y que todos ellos suban de nivel.